En el texto de la sentencia se indica, de acuerdo con el resultado de la prueba practicada sobre el coste de la reconstrucción y el valor de la finca, que "no puede estimarse el recurso, pues se produce el supuesto previsto en el artículo 23 de la Ley de Propiedad Horizontal, integrante de causa de extinción de la comunidad, y al concurrir esta causa extintita sólo es posible acometer la reconstrucción si existe unanimidad entre los copropietarios, sin que pueda obligarse a los demandantes a la reconstrucción de acuerdo con lo expuesto. El acuerdo que decide la rehabilitación por mayoría es nulo, por lo que la sentencia apelada debe confirmarse en este punto". En los fundamentos de derecho de la sentencia, se señala, entre otras cosas, que las partes en litigio han presentado diversos dictámenes sobre el valor de la finca, situada en la avenida del Generalísimo. Los actores aportaron con la demanda un informe de la valoración referido a 1992, sin incluir el suelo, que tomaba como base el coste de la construcción partiendo del módulo básico de la construcción del Colegio Oficial de Arquitectos.Nulidad de lo acordado en 2004
La sentencia apelada estimó la demanda y declaró la nulidad de los acuerdos adoptados por la comunidad de propietarios demandada con relación a los números 4,5 y 6 del orden del día de la junta celebrada el 26 de junio de 2004, y relativos, respectivamente, a la rehabilitación de dicho edificio frente a la demolición, a la autorización para pedir presupuestos para la rehabilitación y al permiso para solicitar informes de financiación sobre la misma. En el documento, que consta de 20 folios, se indica que dicha resolución ha sido apelada por la comunidad demandada, pero también ha sido impugnada por los actores que, "por un lado, defienden que la cuantía del litigio es la señalada en la demanda y no la fijada como consecuencia de la impugnación deducida sobre este punto por la demanda, y, por otro lado, insisten en su presunción de nulidad del resto de los acuerdos impugnados, así como en la improcedencia de la rehabilitación acordada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley de Propiedad Horizontal, toda vez que el importe de la reconstrucción excede del 50% del valor del inmueble".
08 enero 2007
La Justicia falla en contra del acuerdo de rehabilitación del edificio Iders
La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha dictado sentencia que declara la nulidad del acuerdo de la comunidad de propietarios del edificio Iders, del Puerto de la Cruz, de rehabilitar el inmueble. Esta resolución que fue dictada el pasado 22 de diciembre, desestima el recurso de la comunidad de propietarios contra sentencia del Juzgado Número 2 del Puerto de la Cruz, que la confirma. En la misma se considera que "dada la trascendencia económica del acuerdo que anula, al superar el coste de la rehabilitación el 50% del valor del inmueble, es necesario que dicho acuerdo sea adoptado por unanimidad de todos los propietarios y no por simple mayoría".
La sentencia apelada estimó la demanda y declaró la nulidad de los acuerdos adoptados por la comunidad de propietarios demandada con relación a los números 4,5 y 6 del orden del día de la junta celebrada el 26 de junio de 2004, y relativos, respectivamente, a la rehabilitación del Iders frente a la demolición, a la autorización para pedir presupuestos para la rehabilitación y al permiso para solicitar informes de financiación sobre la misma. En el documento, que consta de 20 folios, se indica que dicha resolución ha sido apelada por la comunidad demandada, pero también ha sido impugnada por los actores que, "por un lado, defienden que la cuantía del litigio es la señalada en la demanda y no la fijada como consecuencia de la impugnación deducida sobre este punto por la demanda.
El PSOE considera el asunto del Iders como un problema de justicia social
"El asunto del edificio Iders es un problema de justicia social que hay que resolver"-señaló Salvador García Llanos, portavoz suplente del Grupo Socialista en la Corporación y ex alcalde del Puerto de la Cruz, en relación con la publicación de la sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que declara nulo el acuerdo adoptado por la comunidad de propietarios del inmueble de la avenida del Generalísimo para su rehabilitación y obliga a que sea por unanimidad de todos sus miembros.
Salvador García indicó que "el Grupo Socialista mantiene su posición de no interferir en pleitos intervecinales, mucho menos, cuando están residenciados en vía judicial que, por encima de todo, debe ser respetada. Los comuneros deben dialogar y arreglar la solución más satisfactoria, tal como ha manifestado en los plenos" .
"Eso sí-precisó, estaremos siempre al lado de los más necesitados, en este caso, de quienes desde hace más de una década vienen luchando por su vivienda y por la restitución del que posiblemente sea su único patrimonio. Es una lucha ejemplar de tenacidad que merece nuestro respeto y nuestro apoyo"."Consecuentemente-agregó-, seguiremos abogando por soluciones como las aportadas por mi gobierno en el mandato anterior, cuando acreditamos con hechos que la rehabilitación era posible. Ha sido la única luz que los damnificados han visto en el largo túnel del "Iders" en muchos años".García explicó, en base a hechos concretos que "autorizamos trabajos de limpieza y desescombro, la mejora externa del inmueble y el proyecto de seguridad e higiene en el trabajo. Eran los antecedentes de la actuación de rehabilitación que, a estas alturas, ya debería estar materializándose"."Y en este mandato-puntualizó-, nuestro Grupo ha tenido la iniciativa, planteando la necesidad de agilizar la concesión de la licencia para la rehabilitación y la exoneración de las tasas o tributos municipales que corresponde abonar a los titulares de la misma. Nos parecía que después de tantos años de incertidumbre y dolor, eran acreedores de esa mínima satisfacción. Somos sensibles desde 1995 al grave problema del "Iders". Es un problema de justicia social, primero que nada. Y hay que resolverlo. Sin olvidarnos de una parte estética, del impacto físico o visual negativo que se prolonga en el tiempo, tanto que el edificio parece el símbolo del estancamiento o la decadencia del municipio".
García Llanos puso de relieve que "lamentablemente, esta resolución judicial significa una nueva demora. Respetando todos los intereses en juego, me hago cargo de la desesperación y del desánimo de los vecinos que esperan por sus casas. Que no se rindan: las tendrán".
Milagros Castro: "Hemos perdido 15 años de nuestras vidas"
La presidenta de la comunidad de propietarios del edificio Iders, Milagros Castro, aseguró ayer a este periódico que "lucharemos hasta las últimas consecuencias por lo que es nuestro. Somos conscientes de que hemos perdido quince años de nuestras vida y nadie no nos puede devolver. Me pregunto quién me puede devolver ese tiempo de ansiedad, angustia y de sinsabores, pero he de reconocer que otros están peor o incluso han quedado en el camino en todo este tiempo de amargura".
Milagros Castro dijo conocer el contenido de la sentencia y, por la manera en que están discurriendo los acontecimientos, considera que "esto no pasa en ningún país. Nos han minado el patrimonio, nuestros bienes, y años de trabajo".
Expresó su gratitud por el apoyo recibido de entidades y organizaciones políticas en su lucha por lo que considera sus legítimos intereses, al tiempo que asegura que se llevará este caso ante la Fiscalía Anticorrupción.
Para el martes, está prevista la reunión de la comisión gestora de la comunidad de propietarios para analizar las posibles vías de actuación.
Castro recuerda que la comunidad de propietarios dispone de una licencia de obras para la rehabilitación del edificio, otorgada por el Ayuntamiento a finales del pasado año.